LA MEDIACIÓN COMO MÉTODO DE GESTIÓN DE CONFLICTOS - Aplicación de la Ley 5/2012, de Mediación en Asuntos Civiles, y del Real Decreto 980/2013 y la nueva Ley Orgánica1/2025

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Datos
principais
Código: 202618
Nome: LA MEDIACIÓN COMO MÉTODO DE GESTIÓN DE CONFLICTOS - Aplicación de la Ley 5/2012, de Mediación en Asuntos Civiles, y del Real Decreto 980/2013 y la nueva Ley Orgánica1/2025
Tipo: Cursos semipresenciales
Lugar: A CORUÑA
Situación: PRÓXIMA CELEBRACIÓN
Límite inscripción: 25/09/2026 14:00
Horario: Jornadas de tarde: 16,30 a 21,00 h; Jornadas de mañana: 9,30 - 14,00 h.
Duración: 100 horas
Datas: Dende o 02/10/2026 ata o 30/10/2026, desde el 06/11/2026 ata o 07/11/2026, desde el 13/11/2026 ata o 14/11/2026, desde el 20/11/2026 ata o 21/11/2026, desde el 27/11/2026 ata o 28/11/2026
Prazas: 50 dispoñibles
Precios matrícula
Colexiados: 140,00€
Becados: 35,00€
Outros colexios: 140,00€
Non colexiados: 210,00€
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Obxectivos
La Ley 5/2012, de 6 de julio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, y el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, promueven la aplicación de la mediación como método de resolución de conflictos, y señalan la necesidad de que el mediador que vaya a ejercer como tal en el ámbito civil y mercantil, esté en posesión de título oficial universitario o de formación profesional superior, además de contar con una formación específica en mediación, cumpliendo con los requisitos legales establecidos. Los contenidos generales, incluirán el marco jurídico, los aspectos psicológicos, de ética de la mediación, de procesos y de técnicas de comunicación, negociación y de resolución de conflictos.

Este programa va dirigido a aquellos profesionales que deseen obtener una sólida formación en materia de mediación, que podrán aplicar a la resolución de los conflictos que surgen en su ámbito laboral, además de cualificarlos para una nueva vía de especialización como mediadores.

Tal y como se indica en el RD 980/2013, “La formación específica de la mediación se desarrollará tanto a nivel teórico como práctico, correspondiendo a este último, al menos, un 35 por ciento del de la duración mínima prevista en este real decreto para la formación del mediador. Las prácticas incluirán ejercicios y simulación de casos y, de manera preferente, la participación asistida en mediaciones reales”, motivo por el cual se considera que el formato presencial es el más apropiado para garantizar este requisito.

Con este curso se pretende también dar cumplimiento a la obligación recogida en el artículo 6 del Real Decreto 980/2013, donde se establece que para la formación continua de los mediadores habrán de realizarse una o varias actividades de formación en materia de mediación, de carácter eminentemente práctico, al menos cada cinco años, las cuales tendrán una duración total mínima de 20 horas. Quienes ya posean la formación en mediación inicialmente requerida para la inscripción en el registro de mediadores del COATAC y precisen de la formación continua exigida legalmente, podrán participar de PARTE PRÁCTICA (35 horas), que se realizará presencialmente en el Salón de Actos de la oficina colegial de A Coruña (Plaza del Marqués de San Martín, Bajo, los días 6, 7, 13, 14, 20, 21, 27 y 28 de noviembre de 2026, los viernes de 16,30 a 21,00 h y los sábados de 9,30 a 14,00 h.

Además, la nueva Ley Orgánica1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, resalta en su preámbulo que se debe recuperar la capacidad negociadora de las partes, con la introducción de mecanismos que rompan la dinámica de la confrontación y la crispación que invade en nuestros tiempos las relaciones sociales. Para ello es necesario introducir medidas eficaces que no se degraden ni transformen en meros requisitos burocráticos. Con este fin se ha de potenciar la mediación en todas sus formas. En esta línea, su artículo 5, establece que en el orden jurisdiccional civil, con carácter general, para que sea admisible la demanda se considerará requisito de procedibilidad acudir previamente a algún medio adecuado de solución de controversias de los previstos en el artículo 2. Así, recoge que se considerará cumplido este requisito si se acude previamente a la mediación. Por ello, dada que habrá de acompañarse a la demanda el documento que acredite haberse intentado la actividad negociadora previa a la vía judicial cuando la ley exija dicho intento como requisito de procedibilidad en los litigios que se sustancian ante el orden jurisdiccional civil, las posibilidades de realizar una actividad mediadora por los profesionales debidamente cualificados, se ha visto potenciadas enormemente con la nueva legislación.

Te recordamos que el COATAC es una entidad acreditada ante el Ministerio de Justicia para poder impartir este Curso Oficial. Los técnicos que deseen ser incluidos en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia, deberán acreditar la formación que se imparte en este Curso. Asimismo, también te recordamos que el COATAC tiene su propia Institución de Mediación (IMEDIATIE), que se encuentra inscrita en el Registro de Entidades de Mediación del Ministerio de Justicia. Los colegiados que deseen formar parte de la misma, deberán acreditar la formación que se imparte en este Curso.

La Junta de Gobierno de este Colegio manifiesta su firme propósito de impulsar este procedimiento de Mediación, mediante campañas de divulgación entre los Organismos que potencialmente pueden solicitar este servicio, así como mediante la firma de Convenios, con la intención de que este campo se convierta en un nicho de trabajo profesional para nuestros colegiados.
Ponentes
  • SANCHEZ GONZALEZ-DANS ROSA
Programa
Tema 1: El conflicto.
1.1.- Concepto.
1.2.- Tipos.
1.3.- Elementos.
1.4.- Dinámica del conflicto.
1.5.- Actitudes ante el conflicto.
1.6.- Métodos alternativos de resolución de conflictos.

Tema 2: La mediación.
2.1.- Historia y concepto.
2.2.- Principios.
2.3.- Características y ventajas.

Tema 3: Escuelas clásicas de mediación.
3.1.- Escuela de Harvard (Fisher y Ury).
3.2.- Escuela Transformativa (Bush y Folger).
3.3.- Escuela Circular Narrativa (Sara Cobb).

Tema 4: El proceso de mediación.
4.1.- El proceso de mediación. Fases.
4.2.- El proceso de mediación en la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
4.3.- Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre.
4.4.- la nueva Ley Orgánica1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia

Tema 5: El mediador.
5.1.- Papel del mediador.
5.2.- Co-mediación.
5.3.- Formación.
5.4.- Código ético.
5.5.- Habilidades

Tema 6: Técnicas.
6.1.- Técnicas de comunicación.
6.2.- Técnicas de negociación.
6.3.- Gestión de las emociones.